[vc_row][vc_column][vc_column_text]Tras fallo de la Corte Constitucional publicado en su página web el domingo 10 de Octubre del 2021, se dio a conocer la modificación al Código de Trabajo en el artículo 155, el mismo que detalla: “Durante los 12 meses posteriores al parto la jornada de la madre lactante durará seis (6) horas, de conformidad con la necesidad de la beneficiaria”. El cambio se da en la frase “posterior al parto” colocando en su lugar “a partir que haya concluido su licencia por maternidad”.
Con este cambio se procura igualar los derechos de las madres trabajadoras del sector privado sujeto al Código de Trabajo, con los derechos de las madres trabajadoras del sector público regulado por la LOSEP, quienes disponen de un periodo de lactancia de 12 meses contados a partir de finalizar su periodo de maternidad de 3 meses.
Al estar publicada la resolución, esta modificación entraría en vigencia inmediatamente para las madres trabajadoras que estén por iniciar su periodo de lactancia, lo cual genera la duda con las madres trabajadoras que ya están en goce de su permiso.
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